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¿Es mejor casarse o hacer pareja de hecho?

Abogado extranjería en Castellón 674104654

 

Es una pregunta habitual en mi despacho (y también entre amigos) que es mejor, ¿Casarse o hacer un Pareja de hecho? Y está claro que es difícil de explicar, por eso elijo este medio para exponer la diferencia entre matrimonio y pareja de hecho. Y de esta forma, que cada pareja elija la mejor opción.

En la actualidad es común la idea de que la institución “familia” no solo es el matrimonio y que existen y se admiten las parejas o uniones de hecho. Ahora bien, al ser instituciones diferentes está claro que su tratamiento jurídico no debe ser idéntico.

Las diferencias entre matrimonio y pareja de hecho (o como se denomina en la Comunidad Valenciana Unión de hecho), son importantes y afectan a la pareja en distintos ámbitos. De tal forma, más allá de que se trate de una decisión personal, en base a principios y valores, es importante conocer que aspectos quedan regulados y cuáles no.

 

Régimen legal de las parejas de hecho

 

Debemos partir de la idea de que la legislación sobre la unión de hecho está dispersa en el Ordenamiento jurídico y que cada Comunidad Autónoma regula las parejas de hecho.

El problema es que algunas Comunidades contienen una regulación completa en la que la figura de la pareja de hecho se aproxima bastante al matrimonio, otras, sin embargo, tienen un contenido muy limitado y básicamente administrativo lo que aboca a un régimen de protección diverso según en qué Comunidad Autónoma se resida.

En mi opinión, y respecto a la regulación de la figura jurídica de las parejas de hecho, si bien es cierto que no se pueden encuadrar en un matrimonio (porque ya existe esa figura) sería conveniente una Ley estatal unificada. Y todo con el fin de otorgar mayor seguridad jurídica y por aplicación del principio de igualdad y equidad.

 

Pareja de hecho en Castellón

 

En este artículo explico más detalladamente como se tramita la unión de hecho en Castellón.

Pero es necesario tener en claro algunos datos:

Se exige que al menos uno de los integrantes acredite que tiene la condición de vecino de la Comunidad Valenciana. El procedimiento de inscripción se inicia a a instancia de las personas que pretendan la inscripción de la unión de hecho formalizada, que deberá ser suscrita por ambos miembros de la unión de hecho, acompañada del certificado del Padrón municipal.

 

¿Qué documentación se debe presentar?

 

Documentación para la pareja de hecho:

 

Se deberá presentar la Solicitud escrita (solicitud pareja de hecho Comunidad Valenciana), dirigida al Registro Administrativo de Uniones de Hecho de la Comunitat Valenciana.

Dicho escrito contendrá una declaración responsable de que los miembros de la unión de hecho conviven en una relación de afectividad análoga a la conyugal, que no están casados con otra persona, sin estar separados legalmente de la misma mediante sentencia judicial, ni que mantienen otra unión de hecho formalizada con otra persona, y que no tienen entre sí una relación de parentesco en línea recta, por consanguinidad o adopción, o colateral, en los mismos términos, hasta el segundo grado.

 

A la solicitud normalizada se acompañará la siguiente documentación:

a) En el caso de que no sea mayor de edad deberá presentar, acreditación de la emancipación.

b) Certificado del padrón municipal que acredite que, al menos, uno de los dos solicitantes tiene la condición de vecino en algún municipio de la Comunitat Valenciana.

c) En caso de tener alguna incapacitación alguno de los miembros de la unión de hecho, sentencia de incapacitación que le considera con capacidad para constituir una unión de hecho formalizada.

d) Certificado o fe de estado civil (persona soltera, viuda, separada judicial o divorciada), expedido por el Registro Civil o, en su caso, por el órgano competente del país de origen.

 

Si tengo doble nacionalidad ¿de qué país debo presentar el certificado de estado civil?

 

En caso de tener doble nacionalidad deberá ser expedido por el órgano competente del país con cuya documentación se pretenda inscribir. Por ejemplo el ciudadano posee doble nacionalidad argentina italiana, deberá presentar el certificado de Italia que acredite su estado civil si en España está registrado como ciudadano de la unión.

 

En el caso de documentos extranjeros

 

Deberán presentarse debidamente legalizado (o con apostilla de la Haya) según las normas internacionales. Si el documento no está redactado en una de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana, deberá presentarse este junto con su traducción al castellano o valenciano por un traductor oficial.

 

La validez del documento

 

Dicho certificado deberá tener una antigüedad inferior seis meses.

 

¿Podemos presentar un documento notarial?

 

Es posible presentar una escritura notarial, que recoja la declaración de voluntad de los integrantes de la unión que acredite que consta la existencia de una unión de hecho formalizada, siempre que reúna los requisitos que establece la Ley 5/2012, de 15 de octubre, de la Generalitat. Este documento notarial sustituye la comparecencia personal en el Registro de Uniones de Hecho, debiendo aportarse por los interesados el resto de documentos requeridos, salvo que éstos se aporten integrados en el propio protocolo notarial.

 

Régimen económico del matrimonio y de las parejas de hecho

 

Cuando una pareja decide contraer matrimonio, tiene la posibilidad de poder decidir el régimen económico, en este artículo explico cómo se puede elegir el régimen económico. Bien pueden optar por separación de bienes, bien por sociedad de gananciales o bien por régimen de participación.

Esta es una de las diferencias más importantes, en el régimen de pareja de hecho no existe como tal un régimen económico. Si bien es cierto, la pareja puede establecer ante notario un convenio regulador y fijar en él los pactos que quieran llevar a cabo.

 

Disolución del matrimonio o de la pareja de hecho

 

Otra diferencia en ambas instituciones, es la disolución, ya que en el matrimonio se exige que como mínimo hayan transcurrido 3 meses desde el matrimonio y en la pareja no es necesario que transcurra ese tiempo.

El matrimonio se da por terminado cuando uno de los cónyuges fallece, por divorcio a petición de uno solo de ellos, sin que sea necesario alegar ninguna causa.

En el caso de las parejas de hecho las opciones son: por fallecimiento, de común acuerdo por decisión de uno de sus miembros, por una separación de hecho de más de seis meses, o por el matrimonio de uno de ellos.

 

Hijos menores de edad en común, diferencias entre matrimonio y pareja de hecho

 

En todo caso, las medidas en los procesos de familia en relación a los hijos (v.gr., custodia, alimentos, régimen de comunicación…), tienen un régimen jurídico similar para los hijos ya sean matrimoniales o no matrimoniales.

 

Situación económica en el matrimonio o en la pareja de hecho

 

Y es en este aspecto donde encontramos más diferencias. Analizaremos en cada aspecto.

 

Pensión compensatoria en el matrimonio y en la pareja de hecho

 

Lo primero es saber ¿Qué es la pensión compensatoria? Es aquella que  se otorga a aquel cónyuge que carezca de ingresos por no haber trabajado en el matrimonio. En este caso podrá solicitar una pensión ya sea en el proceso de divorcio como en el de separación.

La otra diferencia es que en la pareja de hecho no se podrá solicitar esta pensión.

 

Pensión de viudedad en el matrimonio y en la pareja de hecho

 

En el caso de matrimonio, los cónyuges tienen derecho a la misma, con independencia de los años incluso meses que hayan estado casados o de los ingresos que tenga el cónyuge viudo.

En el caso de las parejas de hecho, esta pensión ha provocado intensos debates reflejados en la jurisprudencia tanto del Tribunal Supremo como del Tribunal Constitucional, que han ido extendiendo su ámbito de aplicación, en base al principio de igualdad consagrado en el art. 14 CE.

La pensión de viudedad actualmente reconocida a las parejas de hecho, sin embargo hay que  tener en cuenta que para cobrar la pensión de viudedad deberá cumplir una serie de requisitos:

 

haber estado registrada como pareja de hecho durante al menos dos años antes del fallecimiento,

y haber convivido durante los cinco años previos.

 

Además, el cónyuge vivo tiene que demostrar que sus ingresos no superan el límite fijado por cada Comunidad Autónoma.

 

Herencia en el matrimonio y en la pareja de hecho

 

En este punto, es otra vez, donde más diferencias hay.

En los matrimonios, el cónyuge viudo tiene derecho al usufructo del tercio de mejora.

En las parejas de hecho no se tiene el derecho a heredar, siendo necesario realizar testamento, respetando los derechos de los herederos forzosos.

 

¿Mi pareja es extranjera/o se puede tramitar su residencia siendo pareja de hecho?

 

Está claro que siendo matrimonio es posible tramitar la residencia de uno de los cónyuges extranjeros. 

Ahora bien, en el caso de que uno de los integrantes de la pareja sea extranjero no comunitario y tenga o no residencia legal en España, puede solicitar la tarjeta de residencia como familiar comunitario.

Puede tramitarse con el registro de la pareja de hecho, en este artículo explico con detalle este tipo de residencia.

 

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