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Residencia por ser víctima de violencia de género

Abogado extranjería en Castellón pida cita sin compromiso al 674104654

Estamos ante un permiso de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales que podrán solicitar las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género que se encuentran en España en situación irregular

Además, esta autorización implica que los hijos menores de edad o con discapacidad que se encuentren en España en el momento de la denuncia, también se les otorgará el permiso de residencia.

¿Qué requisitos exige la norma?

Previsto en el artículo 31 BIS de la Ley de Extranjería 

Sobre este tema, es importante responder varias cuestiones.

¿La víctima debe denunciar?

Entiendo, que no es necesario que la víctima denuncie los hechos, puede ocurrir que un vecino escuche o que la misma policía de oficio detenga al agresor.

La cuestión es que exista una denuncia previa, en la que exista una orden de protección expedida por la autoridad judicial competente en el marco del proceso penal o un informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género.

No hay sentencia condenatoria ¿me darán la residencia? 

Aunque los procedimientos judiciales por violencia de género suelen ser rápidos, en el caso de que el procedimiento se prolongue en el tiempo. La residencia se otorgará hasta que se concluya con una sentencia condenatoria.

De tal forma, que se concederá una autorización definitiva ya sea con una sentencia condenatoria y también en el caso de que se archive por encontrarse el investigado en paradero desconocido o incluso el sobreseimiento provisional por expulsión del denunciado.

Procedimiento para obtener residencia por violencia de género

En cuanto al procedimiento, la extranjera deberá solicitar la autorización a la Oficina de Extranjería, nosotros al ser abogados colegiados, podemos tramitarlo de forma telemática.

La solicitud irá acompañada, del pasaporte, copia de la sentencia/ orden de protección o informe del Ministerio Fiscal y el certificado de empadronamiento actualizado.

¿Qué tipo de autorizaciones existen?

La autorización podrá ser provisional o definitiva, dependiendo de que exista o no resolución del proceso penal. 

Una vez presentada la solicitud, el Delegado o Subdelegado de gobierno le concederá de oficio una autorización provisional, que surtirá eficacia desde el momento de su concesión. Su vigencia estará condicionada a la concesión o denegación de la autorización definitiva.

Una vez concluido el procedimiento penal, surgirán diferentes efectos según si la sentencia es condenatoria o no.

En caso de ser condenatoria (o se archive por encontrarse el investigado en paradero desconocido o sobreseimiento por expulsión) se procederá a su concesión en el plazo de veinte días desde que la oficina de extranjería reciba la sentencia.

En el caso de que la resolución del procedimiento penal fuera no condenatoria, se denegará la autorización y en el caso de que la extranjera tenga una autorización provisional esta perderá vigencia.

¿Qué duración tiene esta residencia? ¿Puedo trabajar?

La residencia tiene una duración de 5 años y es posible trabajar cuenta propia o cuenta ajena.

Una vez transcurridos los 5 años podrá solicitar la residencia de larga duración.

Abogado experto en derecho de extranjería en Castellón

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